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Para el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) la aprobación de tres iniciativas de ley que permitirían unificar las elecciones presidenciales junto con las municipales, tendría consecuencias para la institucionalidad costarricense.

Así lo manifestaron las magistradas y magistrados electorales en el acuerdo STSE-0475-2024,  adoptado por ese cuerpo colegiado este jueves 22 de febrero, el cual fue enviado al Presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias. En dicho acuerdo, exponen una serie de consideraciones en las que se basan  para advertir el impacto negativo que tendría la aprobación de los proyectos de ley n.°  23.229,  n.° 21.067 y n.° 23.201, cuya discusión avanza en el Congreso.

El texto que se adjunta a este comunicado desarrolla y fundamenta los siguientes puntos:

El TSE elaboró un paquete de reformas electorales basado en sólidos criterios técnicos, con el apoyo de expertos propios y externos, tanto nacionales como internacionales, que atienden las necesidades más urgentes del sistema electoral costarricense, señaladas, entre otros, por las misiones de observación internacional que ha recibido el país.

El primer caso es el del proyecto n.°  23.229, para unificar las elecciones municipales con las nacionales. EL TSE defiende la importancia de que estos comicios se celebren de forma independiente para que en ellos se discutan los asuntos de cada cantón y los electores puedan informarse adecuadamente de las personas y propuestas presentados por los partidos políticos para esos cargos locales. Asimismo, el TSE muestra porqué esa unificación de elecciones no lograría los beneficios de ahorro y participación en las urnas que invocan sus proponentes.

Los otros dos proyectos persiguen finalidades positivas, pero en su conjunto y en relación con el anterior, tienen el defecto de no ser coherentes y, por eso, afectarían gravemente la lógica del sistema electoral costarricense, imprescindible para su funcionamiento.

El primero es el proyecto de reforma constitucional n.° 21.067, que pretende reducir el plazo entre la verificación de la primera y la segunda vuelta, que actualmente es de dos meses. El TSE ha manifestado su anuencia con esa reducción siempre que esta no obligue a sacrificar las excepcionales medidas de protección de la pureza del sufragio que tenemos en Costa Rica, como el escrutinio definitivo a cargo de las magistradas y magistrados.

Esa reducción es imposible en un esquema de elecciones nacionales y municipales unificadas, pues, al concluir el escrutinio de las papeletas presidencial y diputadil, los mismos funcionarios que deberían dedicarse a la organización de la segunda ronda electoral, tendrían que continuar con el escrutinio de las papeletas para las alcaldías, regidurías, concejalías de distrito y sindicaturas, e intendencias.

Más inviable aún sería esa reducción del plazo entre primera y segunda ronda, si se aprobara otra propuesta igualmente incoherente con las dos anteriores: el proyecto de ley n.° 23.201, que aumenta las razones por las que, durante el escrutinio, deba darse el recuento de todas las papeletas de las mesas. Iniciativa, además, desfasada respecto de la cantidad de electores, de partidos, de circunscripciones y de papeletas que hoy conforman el proceso electoral costarricense, muy superiores a los de mediados del siglo pasado, cuando se definieron los plazos para llevar a cabo recuentos generales durante los escrutinios.

Por lo anterior, el TSE concluye llamando a las señoras y señores diputados a que ejerzan su potestad legislativa con sabiduría y sustentando sus decisiones en criterios técnicos.

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