Ayer 02 de diciembre, entró a regir la reforma a la Ley de Tránsito, respecto a que no es obligatorio portar la licencia física, y en cambio la Policía de Tránsito podría verificar que el conductor está debidamente acreditado.
El director de la Policía de Tránsito, Oswaldo Miranda Víquez, se hará todo el esfuerzo dentro de las
posibilidades materiales, ya que existen riesgos o imponderables que podrían evitar esa verificación, como que el sitio desde donde se desea entrar al sistema, con el Hand Held, no tiene cobertura de internet o no se logra la comunicación por la radio.
En esa línea, también se podría tener problemas con la comunicación telefónica, o que no se puede obligar a los oficiales de Tránsito a utilizar su teléfono celular personal para ese fin.
Pero, atención, los conductores que no porten el documento no serían sancionados, si el oficial logra verificar la información, por el contrario se sancionará con ¢26.000 si resulta materialmente imposible hacer ese control cruzado.
Adicionalmente, la sanción podría aplicar por licencia vencida (¢26.000), aunque se corrobore en el sistema que el conductor sí tiene licencia; de ahí que es fundamental estar pendiente.
De igual forma, el tránsito llama a la atención a los conductores ara que se identifique con su cédula o identificación de menor, pues el oficial debe constatar que el nombre o número de cédula que
se le está dando para corroborar por radio o en el sistema es de quien está conduciendo y no de otra persona.
Miranda insta a los conductores, si así
lo desean, a portar el documento físico, como plan B, o de
respaldo